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Convenio Cambiario N° 36 del Banco Central de Venezuela (GO N° 40.881, 07 de abril 2016)

Sumario
Convenio Cambiario N° 36, mediante el cual se dictan las Normas que Regulan las Operaciones en Divisas efectuadas por prestadores de servicios turísticos de alojamiento, transporte y de agencias de viaje y turismo que operen Turismo Receptivo en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad son lo previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo; así como los pagos de mercancías destinadas a la Venta a Pasajeros en los Almacenes Libres de Impuestos (Duty Free Shops).